Respuesta de la Aduana - Embalajes de madera: Intervención del SENASA

Respuesta de la Aduana - Embalajes de madera: Intervención del SENASA

La Aduana responde una Nota presentada por el CDA respecto al tratamiento operativo aplicable en caso de falta de presentación del Certificado del SENASA.

NOTA PRESENTADA POR EL CENTRO

 

Buenos Aires, 05 de Febrero de 2009

 

Señor Jefe del Departamento Operacional Aduanero

Contador Eduardo Bernardi

S____________________/_____________________D

 

Ref.: Embalajes de madera. Intervención del SENASA.

 

 

De nuestra mayor consideración:

 

Por medio de la presente nos dirigimos a Ud. con el objeto de hacerle llegar una inquietud que ha sido advertida por asociados a nuestra institución.

 

 

La cuestión refiere al procedimiento aplicable por las Áreas Operativas en el control de los Despachos de Importación con Canal de Selectividad Naranja que se encuentran alcanzados por la Resolución Nº 19/02 SENASA (embalajes de madera y maderas de soporte y acomodación).

 

En efecto, cuando el SENASA considera que el Certificado debe ser RETENIDO por el organismo hasta tanto el inspector realice la verificación correspondiente, las Áreas Operativas no efectúan la “rebaja” del despacho, sino luego de realizada dicha verificación.

 

Esta situación produce importantes demoras en la tramitación del despacho, ya que una vez realizada la verificación por parte del SENASA, se debe presentar el Certificado de SENASA en UTV para que se proceda a la firma y rebaja del mismo, y luego recién continuar con el libramiento a plaza de la mercadería en su lugar de depósito.

 

En consecuencia, solicitamos se considere la posibilidad de disponer la firma y rebaja del despacho, realizando a posteriori la verificación por parte del funcionario del SENASA, y quedando el libramiento de las mercaderías supeditado a la entrega al funcionario aduanero apostado en el punto operativo del Certificado correspondiente, o de la realización de las acciones que el organismo considere pertinentes.

 

Sin otro particular, y con la expectativa de que nuestro pedido sea analizado, nos despedimos con un cordial saludo.

 

RESPUESTA DE LA ADUANA

 

NOTA Nº 1511/2009 (DE OABA)

 

BUENOS AIRES, 26 DE MAYO DE 2009

 

AL CENTRO DE DESPACHANTES DE ADUANA

Sr. Presidente
S/D

 

Asunto: Embalajes de Madera

 

De nuestra consideración:

 

En virtud de la presentación interpuesta en la que se ponía de manifiesto la demora producida en la tramitación de operaciones con intervención del SENASA, esta Instancia quiere hacer llegar por medio de la presente copia de la Instrucción Nº 07/2009 (DE OABA), dictada con el objeto de permitir un diligenciamiento acorde a las necesidad imperantes en la actualidad en el comercio exterior.

 

Sin otro particular y quedando a su entera disposición, saludo a Ud. muy atentamente.

 

INSTRUCCIÓN Nº 07/2009 (DE OABA)

 

Asunto: Intervención del SENASA. Embalajes de Madera

 

BUENOS AIRES, 19 de mayo de 2009

 

Visto la presentación interpuesta por el Centro de Despachantes de Aduanas, mediante Actuación Nº 13289-3540/09 por la que se solicita la adopción de un temperamento en el despacho a plaza de la mercadería con embalajes de madera, y

 

CONSIDERANDO

 

Que la obligatoriedad de hacer efectiva la presentación del Certificado emitido por SENASA previo a la presentación ante el Servicio Aduanero de la destinación, es absoluta responsabilidad del importador y/o su representante legal designado.

 

Que el dictado de la Resolución Nº 19/02 SENASA, determina la intervención de profesionales especializados técnicamente para establecer la correspondencia de fumigación y/o destrucción de los embalajes de madera, previo al retiro a plaza de la mercadería.

 

Que resulta imprescindible la adopción de medidas tendientes a la agilización del trámite de las destinaciones a consumo que se vean involucradas en tal situación a efectos que ello no ocasione detenciones y erogaciones innecesarias a los usuarios del Comercio Exterior.

 

Que no obstante lo expuesto, el servicio aduanero deberá acrecentar al máximo el cumplimiento de las normas legales vigentes en el menor tiempo posible, permitiendo con ello una operativa dinámica acorde a demanda del comercio internacional.

 

Que a tal efecto se deberá diagramar medidas administrativas y operativas que permitan la optimización del trámite de las Destinaciones a Consumo, que ya por su particularidad en el SIM asigna Canal Naranja de selectividad.

 

Por ello y en función a las facultades conferidas por Disposición AFIP Nº 97/03.

 

EL JEFE DEL DEPARTAMENTO OPERACIONAL ADUANERO,

 

INSTRUYE:

 

1 – Al detectarse, en la intervención de una destinación, la falta del Certificado respectivo extendido por SENASA, el Auxiliar de la División Verificación – Aduana de Buenos Aires, procederá a registrar en el campo “Observaciones/Otros Trámites Aduaneros” del OM – 1993, la obligatoriedad de los términos dispuestos por la Resolución Nº 19/02, bloquear en el SIM la operación y efectuar la entrega inmediata de la Carpeta al usuario.

 

2 – Obtenido el Certificado correspondiente y cumplidos los términos que en él haya autorizado el SENASA, en el cual se determine el temperamento a adoptar (ACEPTADO – FUMIGACION – DESTRUCCION), el Operador de la Terminal y/o Depósito Fiscal procederá a dar intervención al Verificador del Ramo correspondiente destacado en el Punto.

 

3 – El Verificador constatará la documentación y procederá en el SIM al “Desbloqueo” informático, dejar sentado la presencia real en el Campo “Documentos a Presentar” y adjuntar el Certificado a la Carpeta, haciendo entrega de la misma al Guarda, permitiendo con ello la libre disponibilidad de la mercadería.

 

4 – El Guarda interviniente permitirá, con los recaudos de rigor, el despacho a plaza de la mercadería.-

 

5 – Notifíquese a las Divisiones Verificación, la que será responsable de su difusión a todas las Secciones que la componen, Resguardo I y II, Aduanas Domiciliarias y RAF respectivamente.

 

6 – Elévese copia de lo actuado, a la Dirección Aduana de Buenos Aires y a la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas. Cumplido, archívese.-

 

Fdo. Cdor. Eduardo A. Bernardi

Jefe (int) Depto. Operacional Aduanero

Dirección Aduana de Buenos Aires


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