Decreto PEN N° 697/2024: El Gobierno disminuye Derechos de Exportación a determinadas mercaderías del Sector Agroindustrial.

Decreto PEN N° 697/2024: El Gobierno disminuye Derechos de Exportación a determinadas mercaderías del Sector Agroindustrial.

El Centro Despachantes de Aduana (CDA) informa a sus asociados que, en el Boletín Oficial de HOY (06/08/2024), el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) dio a conocer el Decreto N° 697/2024 con el fin de modificar el esquema de alícuotas del Derecho de Exportación para determinadas mercaderías del Sector Agroindustrial; regulación que comienza a regir a partir del mismo día de su publicación.

Según establece el considerando de la norma, la nueva medida persigue el objetivo de promover un incremento en las ventas a mercados externos, mejorar el nivel de ingresos de los productores y elaboradores, así como de su red de interacción, fortalecer el arraigo y permanencia de la población rural en cada región del país, además de propender a mejorar la calidad de los productos; por lo que, se busca impulsar el desarrollo e incentivo de la producción y la agregación de valor nacional y de las exportaciones de las cadenas productivas con mayor presencia territorial y potencial de creación del empleo.

En virtud a lo expuesto, el gobierno dispuso una reducción sobre las alícuotas del tributo de exportación de ciertas mercaderías agroindustriales, como son carnes, despojos comestibles, demás productos de origen animal, grasas animales, entre otras; además, fijó una alícuota del 0% a la categoría vaca (excepto animales vivos) cuya codificación, según sus características, sea A, B, C, D y E y también sobre ciertos productos del sector lácteo.

En detalle, las disposiciones del Decreto PEN N° 697/2024 son las siguientes:

1) Se disminuyen las alícuotas del Derecho de Exportación para las mercaderías que se encuentran incluidas en el Anexo del Decreto PEN N° 697/2024 (carnes, despojos comestibles, demás productos de origen animal, grasas animales, preparaciones y conservas de carne, entre otras); excepto aquellas posiciones arancelarias que, además de encontrarse consignadas en tal listado, se traten de “vacas (excepto animales vivos) con codificación A, B, C, D y E”.

2) Se fija en CERO POR CIENTO (0%) la alícuota del Derecho de Exportación para la categoría vaca (excepto animales vivos) cuya codificación, de acuerdo a sus características, sea A, B, C, D y E, conforme lo estipulado en el Anexo III de la Resolución ex-SGA N° 32/2018.

La conformación, de acuerdo a las características que se describen en el citado Anexo se codifica en “A: Excelente”, “B: Muy buena”, “C: Buena”, “D: Regular” y “E: Inferior”.

3) Se fija en CERO POR CIENTO (0 %) la alícuota del Derecho de Exportación y de Reintegro correspondiente a ciertos productos del sector lácteo, elaborados con leche, leche bovina, bebidas a base de leche, caseína y sus derivados; específicamente para aquellos cuyas posiciones arancelarias se encuentran incluidas en el Anexo del Decreto PEN N° 506/2023.

4) Se deroga el Decreto PEN N° 557/2024, el cual disponía una prórroga a la suspensión del Derecho de Exportación y Reintegros para determinadas mercaderías del Sector Lácteo.


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