Comentarios sobre el Tratado Mercosur - Unión Europea - Paralización del proceso de puesta en vigencia
Por Carlos Canta Yoy
Sorpresivamente, o más bien no, dados los antecedentes de los europeos en las negociaciones, el Parlamento Europeo en su reunión del miércoles 21 de enero decidió solicitar un dictamen jurídico al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el Acuerdo firmado con el Mercosur hace nada más que cuatro días.
Hubo 334 votos a favor del pedido, 324 en contra y 11
abstenciones. El Parlamento deberá esperar entonces la respuesta del Tribunal,
algo que puede ocurrir dentro de los próximos dos años, según opinan expertos
en la materia. En una palabra: estancamiento del proceso de puesta en vigencia.
Debe ser el momento en que el Mercosur considere
seriamente la realización de acuerdos comerciales con otras importantes
economías del mundo: Estados Unidos, China, Japón, Indonesia, Vietnam y profundización
de los acuerdos en vigencia, especialmente con la India.
El posible Acuerdo de Integración con la Unión Europea
lleva treinta años desde la firma del llamado acuerdo marco. Las negociaciones,
un poco más de veinticinco. Ha sido y sigue siendo para el Mercosur una carrera
de obstáculos. Que sigue y sigue. La pregunta ahora es: ¿hasta cuándo?
Antecedentes
Cuando a fines del año 1991 se firmó el Tratado de
Asunción era común escuchar a los funcionarios de los Estados Partes que
afirmaban que al consolidar el mercado común el proceso de integración debería
considerarse un trampolín que permitiera integrarse con el resto del mundo.
No fue así, porque no se pudo poner en funcionamiento
un mercado común el 31 de diciembre de 1994 (como lo establecía el Tratado) ni
tampoco una unión aduanera, un escalón inferior en los procesos de integración,
para el año 2000. Así es que en el momento actual el Mercosur es, más o menos, algo
parecido a una mera zona de libre comercio, con algunas instituciones de la
unión aduanera como por ejemplo el Arancel Externo Común (aunque perforado por
muchísimas excepciones) y la Nomenclatura Común (NCM) y muy poco más. Pero,
todos los Estados Partes mantienen sus propios territorios aduaneros.
Respecto a la integración al mundo, el Mercosur tiene
actualmente vigentes acuerdos preferenciales con los demás miembros de la ALADI
(con Panamá dentro de unos días) y con Egipto, India, Israel y la Unión
Aduanera de África del Sur (SACU). Es decir, muy poco.
La falta de inserción en el mercado internacional se
debe a varias causas, pero hay una que posiblemente sea la más notoria: los dos
países grandes (Argentina y Brasil) han sido históricamente proteccionistas,
cerrados al comercio y a las aperturas, con aranceles externos de los más altos
del mundo y numerosas restricciones no arancelarias. Representan en conjunto no
mucho más del 1,5 por ciento del comercio mundial. Una insignificancia.
El nuevo Tratado con la Unión Europea crea enormes
expectativas por cuanto implica integrarse con el proceso de integración modelo
en el mundo. La U.E. ha sido históricamente un ejemplo de cómo debe realizarse
la integración, aún entre países con enormes asimetrías en todos los aspectos:
economía, producción, industrialización, población, superficie y tantas más.
Pero, esas expectativas también tienen su lado riesgoso:
los países del Mercosur, nuestro país, deben prepararse y adaptarse a los
inevitables cambios que se van a producir. Todo lo cual implica revisar, por
ejemplo, los costos de producción, de manera de ser competitivos, eficientes.
Las posibilidades de aumentar nuestras exportaciones es algo cierto y concreto,
pero es tarea de nuestros gobiernos crear las condiciones para alcanzarlo. Todo
lo cual está en nuestras manos hacerlo o no. También hay que estar preparados
para el aumento de las importaciones que inevitablemente se va a producir. Un
manejo ineficiente de las exportaciones puede causar peligrosos déficits en la
balanza comercial.
En este sentido la labor de los profesionales del
comercio exterior, como los despachantes de aduana, es fundamental. Deberán
conocer todos los mecanismos del funcionamiento práctico del acuerdo alcanzado,
responder a los interrogantes y a las consultas de sus asesorados. Por lo cual,
el CDA está a la disposición de sus asociados al mismo tiempo que se publicarán
periódicamente artículos sobre la utilización del acuerdo basados en las
consultas realizadas al CDA.
Características del
Tratado
No solamente incluye el Tratado el aspecto comercial,
las importaciones y exportaciones entre los Estados Partes, sino que también
incluye disposiciones no menos importantes en temas políticos y de inversiones.
Si bien lo que más se destaca para los operadores del
comercio exterior es el comercio de bienes con cronogramas de eliminación de
aranceles de importación o los requisitos de origen a cumplir, el Tratado
también incluye otros aspectos como normas de defensa comercial, medidas
sanitarias y fitosanitarias, facilitación del comercio, compras
gubernamentales, propiedad intelectual, subsidios y solución de controversias,
entre otros temas.
