Licencia de exportación de obras de arte - Formularios

Apruébanse los nuevos formularios para la solicitud de la licencia de exportación de obras de arte, conforme a lo determinado en el artículo 9° del Decreto N° 1321 de 1997, reglamentario de la Ley N° 24.633, que como Anexos (IF-2017-02060860-APN-SECPC#MC, IF-2017-02060929-APN- SECPC#MC, IF-2017-02060967-APN-SECPC#MC) forman parte de la presente medida.

Resolución 1533-E/2017

 
Ciudad de Buenos Aires, 07/11/2017

VISTO el Expediente MC N° 10697/2016 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Expediente tramita la modificación de los formularios vigentes para la solicitud de la licencia de exportación de obras de arte, conforme a lo determinado en el artículo 9° del Decreto N° 1321 de 1997, reglamentario de la Ley N° 24.633.

Que entre las competencias asignadas a la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIENES Y SITIOS CULTURALES, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL en la estructura aprobada por la Decisión Administrativa Nº 213/2016 se encuentra la de entender en el otorgamiento de licencias de exportación de bienes culturales.

Que el requerimiento en cuestión se fundamenta en incorporar en dichos formularios los datos necesarios acorde a las nuevas tecnologías, a fin de contar con elementos precisos para fundar el otorgamiento de las licencias y ejercer el control de las exportaciones e importaciones autorizadas.

Que ha tomado intervención la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que corresponde proceder de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/1992) y la Decisión Administrativa Nº 213/16.

Por ello, EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE:


ARTÍCULO 1º.- Apruébanse los nuevos formularios para la solicitud de la licencia de exportación de obras de arte, conforme a lo determinado en el artículo 9° del Decreto N° 1321 de 1997, reglamentario de la Ley N° 24.633, que como Anexos (IF-2017-02060860-APN-SECPC#MC, IF-2017-02060929-APN- SECPC#MC, IF-2017-02060967-APN-SECPC#MC) forman parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese. — Alejandro Pablo Avelluto.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 09/11/2017 N° 86668/17 v. 09/11/2017

Fecha de publicación 09/11/2017



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