Depósito fiscal particular de GENERAL MOTORS ARGENTINA S.A. - Modificación

MODIFÍQUESE la superficie del depósito fiscal particular de la firma GENERAL MOTORS ARGENTINA S.A. habilitado por Res.DGA 22/21 SDGOAI del 16/06/2021 ubicado en Ruta Nacional N° 9, Km 278 de la localidad de ALVEAR, Provincia de SANTA FE, jurisdicción de la Aduana de ROSARIO, el que quedará conformado acorde a lo especificado en la documentación obrante en IF-2024-02137894-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI e IF-2024-02154402-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI, conforme Res.Gral.AFIP 4352/18 y modificatoria.

Res.DGA 48/24

04/11/2024 (BO 06/11/2024)

VISTO lo tramitado en el expediente EX-2020-00757676- -AFIP-DVZPYF#SDGOAI, y
CONSIDERANDO
Que la firma GENERAL MOTORS ARGENTINA S.A. CUIT N° 30-66207168-0 solicita la modificación de la superficie actual del depósito fiscal particular ubicado en Ruta Nacional N° 9, Km 278 de la localidad de ALVEAR, Provincia de SANTA FE, jurisdicción de la Aduana de ROSARIO, en los términos de la Res.Gral.AFIP 3871/16 hoy Res.Gral.AFIP 4352/18 y modificatoria.
Que mediante Res.DGA 22/21 SDGOAI de fecha 16 de junio de 2021, el citado depósito fiscal fue adecuado en los términos de la Res.Gral.AFIP 4352/18 y modificatoria, por el término de DIEZ (10) años.
Que el predio contaba al momento de su adecuación como depósito fiscal, con una superficie total de DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (17.898 m2), compuesta por una superficie cubierta de NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (98 m2) y una superficie descubierta de DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS (17.800 m2).
Que la firma solicita mediante SITA 24052SITA002614X, de fecha 11 de abril de 2024, ampliar las superficies cubiertas y descubiertas, quedando conformado el ámbito fiscal de la siguiente manera: superficie cubierta CIENTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (145 m2) y superficie descubierta de TREINTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (30.850 m2), conformando una superficie total de TREINTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (30.995 m2), conforme documentación obrante IF-2024-02137894-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI e IF-2024-02154402-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI.
Que han intervenido en los presentes la Oficina Depósitos Fiscales en IF-2024-02154402-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI entendiendo que “…se encuentran aportados los fundamentos y la documentación pertinente por lo que corresponde dar curso a la modificación solicitada...”, la Sección Inspección Operativa a través de PV-2024-02155600-AFIP-SEIOADROSA#SDGOAI, la Aduana de ROSARIO en PV-2024-02156093-AFIP-ADROSA#SDGOAI compartiendo lo informado por ambas áreas.
Que asimismo el Sector Jurídico-San Nicolas (DV RJU2) interviene mediante DICTAMEN Nº 245/2024 (DV RJU2) de IF-2024-02431598-AFIP-SJADSANI#SDGTLA de fecha 9 de agosto de 2024, la División Evaluación y Control Operativo Regional – Hidrovía en IF-2024-02520606-AFIP-DVECHI#SDGOAI señalando que “…la firma GENERAL MOTORS ARGENTINA S.R.L. - CUIT N° 30-66207168-0, habría finalizado y cumplimentado la presentación de la documentación correspondiente a la ampliación de la habilitación del Depósito Fiscal particular en el marco de la Res.Gral.AFIP 4352/18 y la Instrucción General N.º 2/2019 (SDG OAI)...” lo cual es compartido por la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA mediante IF-2024-02600131-AFIP-DIRAHI#SDGOAI.
Que el Departamento Nuevas Tecnologías y Proyectos Especiales Aduaneros tomó la intervención que le compete mediante PV-2024-03279640-AFIP-DENTPE#DGADUA de fecha 30 de Septiembre de 2024, señalando que “…los componentes del sistema de CCTV cumplen con las características técnicas mínimas requeridas en el punto “2. ASPECTOS TÉCNICOS DEL SISTEMA DE CCTV” del documento ASPECTOS TÉCNICOS Y FUNCIONALES DEL CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN (CCTV)...”, lo cual es compartido por la Dirección de Reingeniería de Procesos Aduaneros en PV-2024-03287796-AFIP-DIREPA#DGADUA.
Que asimismo, se dio intervención al Departamento Centro Único de Monitoreo Aduanero a fin de que verifique el sistema de CCTV acorde al nuevo ámbito que se pretende modificar, el que se expide mediante informe IF-2024-03313617-AFIP-DVCORADECUMA#SDGCAD de fecha 1° de octubre de 2024, indicando que “…el punto operativo cumple con los requerimientos de toma de imágenes instantáneas, descarga de video y repositorio on line…” y “…cumplimenta los requisitos de la Res.Gral.AFIP 4352/18, sus modificatorias y complementarias…”.
Que de la información extraída del Sistema “Reporte de Transmisión de Stock de depósitos Fiscales” surge que la firma en trato transmite el stock.
Que asimismo, la División Zonas Primarias y Fronteras ha emitido el informe de su competencia, adjuntando el proyecto de resolución, mediante informe IF-2024-03395730-AFIP-DVZPYF#SDGOAI de fecha 7 de octubre de 2024.
Que conforme lo previsto en la Disp.AFIP 249/16, se solicitó la intervención de la Dirección de Legal la que se expide mediante informe IF-2024-03409013-AFIP-DILEGA#SDGTLA de fecha 7 de octubre de 2024, señalando que ”no se encuentran objeciones que formular a la continuidad del presente trámite, encontrándose debidamente acreditada la legitimidad de la representación legal invocada…”.
Que asimismo se expiden la División Dictámenes en Régimen Tributario Aduanero y el Departamento Asesoramiento Aduanero mediante informe IF-2024-03471710-AFIP-DVDRTA#SDGASJ de fecha 10 de octubre de 2024, señalando que “... conforme lo previsto por la normativa de aplicación, este servicio jurídico no tiene objeciones que formular para dar continuidad al trámite de modificación (ampliación de la superficie) de la habilitación del depósito fiscal particular a nombre de la firma GENERAL MOTORS DE ARGENTINA SRL...”, lo cual es compartido por la Dirección de Asesoría Legal Aduanera en PV-2024-03472509-AFIP-DIASLA#SDGASJ.
Que conforme lo expuesto en los párrafos precedentes y habiendo tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera y de Asuntos Jurídicos conforme la Disp.AFIP 249/16 y las áreas competentes de ésta Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, corresponde aprobar el trámite de modificación requerido.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA.

Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:

ARTICULO 1°.- MODIFÍQUESE la superficie del depósito fiscal particular de la firma GENERAL MOTORS ARGENTINA S.A. CUIT N° 30-66207168-0 , habilitado por Res.DGA 22/21 SDGOAI de fecha 16 de junio de 2021 ubicado en Ruta Nacional N° 9, Km 278 de la localidad de ALVEAR, Provincia de SANTA FE, jurisdicción de la Aduana de ROSARIO, el que quedará conformado de la siguiente forma: superficie cubierta CIENTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (145 m2) y superficie descubierta de TREINTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (30.850 m2) , conformando una superficie total de TREINTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (30.995 m2), acorde a lo especificado en la documentación obrante en IF-2024-02137894-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI e IF-2024-02154402-AFIP-OFDFADROSA#SDGOAI, conforme Res.Gral.AFIP 4352/18 y modificatoria.

ARTICULO 2°.- ESTABLÉCESE que la vigencia operativa del depósito fiscal particular en la Tabla de Lugares Operativos (LOT) del Sistema Informático MALVINA o la que en el futuro la reemplace, quedará sujeta al mantenimiento por parte del permisionario de los requisitos, condiciones operativas, documentales y tecnológicas establecidas en los Anexos I, II, III, IV y V de la Res.Gral.AFIP 4352/18 y modificatorias, siendo el plazo máximo de la habilitación el 16 de junio de 2031, conforme el artículo 2° de la Res.DGA 22/21 SDGOAI.

ARTICULO 3°.- REGÍSTRESE. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA y la Aduana de ROSARIO. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado, remítase copia para conocimiento a la Subdirección General de Control Aduanero y continúese con los trámites de rigor.

Maria Virginia Paredes



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