DGA - Régimen de Reemplazos
Modificar el Régimen de Reemplazos de la Dirección General de Aduanas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, aprobado por la Disposición N° DI-2025-34-E-AFIP-ARCA del 24 de febrero de 2025 y sus modificatorias, el que quedará establecido en la forma que seguidamente se indica.
Disp.ARCA 178/25
12/08/2025 (BO 14/08/2025)
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2025-02974846- -ARCA-SGDADVCOAD#SDGINS y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Dec.953/24 del 24 de octubre de 2024 se disolvió la entonces ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), organismo autárquico actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y se creó la AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA) como ente autárquico actuante en la órbita del citado Ministerio, transfiriéndosele los recursos, el personal, los bienes, el presupuesto vigente, los activos y el patrimonio, compromisos, derechos y obligaciones.
Que de acuerdo al artículo 7° del citado decreto, se previó además que dicha Agencia ejerza las funciones que se hubieran otorgado al Organismo disuelto por el Dec.618/97, entre otros.
Que mediante el Dec.13/25 del 6 de enero de 2025 se aprobó la estructura organizativa de la AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA), hasta nivel de Subdirección General inclusive, instruyendo a su Director Ejecutivo a efectuar adecuaciones y aprobar la estructura organizativa de nivel inferior.
Que, por la Disposición N° DI-2025-34-E-AFIP-ARCA del 24 de febrero de 2025, se estableció el Régimen de Reemplazos de esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero, sus Direcciones Generales y Subdirecciones Generales, para casos de ausencia o impedimento de sus respectivos titulares.
Que, por razones funcionales, resulta necesario introducir una adecuación en el régimen de reemplazos correspondiente a la Dirección General de Aduanas.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos e Institucional.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 6º del Dec.618/97 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios y por el Dec.953/24 del 24 de octubre de 2024 y el artículo 8° del Dec.13/25 del 6 de enero de 2025.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Modificar el Régimen de Reemplazos de la Dirección General de Aduanas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, aprobado por la Disposición N° DI-2025-34-E-AFIP-ARCA del 24 de febrero de 2025 y sus modificatorias, el que quedará establecido en la forma que seguidamente se indica:
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS | ||
UNIDAD DE ESTRUCTURA | REEMPLAZANTE Y ORDEN DE SUSTITUCIÓN | |
DIRECTOR GENERAL | 1° | SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO LEGAL ADUANERA |
2° | SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS | |
3° | SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL ADUANERO | |
4° | SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR |
ARTÍCULO 2°.- Esta norma entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Remítase a la Sección Gestión de Recursos de la Dirección Gestión Documental para su registro en el Sistema SARHA.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Juan Alberto Pazo