Comercio exterior: se podrán emitir pólizas para sustituir medidas cautelares
Volverá a usarse el seguro de caución para destrabar detención de mercaderías por parte de Aduana ante diferencias sobre el valor o la clasificación arancelaria.
Los importadores y exportadores veían su mercadería detenida por la Aduana y a veces (en plena temporada de ventas), si no podían conseguir dinero en efectivo o una garantía bancaria, ante una discrepancia con ese organismo de control por el valor de los productos o por la clasificación arancelaria. Desde ahora, los operadores del comercio exterior volverán a tener una solución mucho más barata para liberar esa mercadería si contratan un seguro de caución.
Es que la Aduana en esos casos detiene la mercadería como medida precautoria por el monto de los impuestos y multas en juego.
Además de otras pérdidas, tener la mercadería detenida en la Aduana implica costos de depósito.
Y esto, por una sospecha de una infracción que podría dar lugar a controversias, pero donde no hay delito, aunque igual la Aduana tome medidas precautorias consistentes en la detención del despacho o en la interdicción de la mercadería.
En los dos casos, el importador o exportador ya no puede disponer de sus bienes de cambio.
Hasta ahora, para liberar la mercadería, el operador de comercio exterior tenía que inmovilizar efectivo o lograr un aval bancario, algo que no todos están en condiciones de obtener.
"Con el seguro de caución incorporamos una herramienta práctica para agilizar el comercio exterior, garantizando de esta manera la cobertura de posibles litigios que pudieran producirse en situaciones de controversias"?, señaló el Subdirector General de Recaudación, Sebastián Paladino.
Con la Resolución 4013 publicada el viernes en el Boletín Oficial, las compañías aseguradoras podrán emitir pólizas de seguros de caución como garantía para la sustitución de medidas cautelares (la detención de despacho y la interdicción de la mercadería) en sumarios contencioso administrativos.
Por su parte, el subdirector general de Técnica Legal Aduanera, Mario Giachello, detalló que la "emisión de la póliza se podrá realizar una vez iniciada la controversia, con lo cual los operadores tendrán cobertura del valor de la mercadería en Aduana, los tributos que correspondan y las eventuales multas".
"La presentación de la póliza posibilitará la liberación de la mercadería para su comercialización, y así a partir de ahora no se necesita disponer ni inmovilizar dinero", remarcó Giachello, al tiempo que se acortan los tiempos de liberación de las mercaderías al presentar el seguro de caución.
"También disminuyen los tiempos en el trámite de solicitud y afectación de la garantía y el operador de comercio exterior tendrá la libertad de elección del instrumento que le resulte más adecuado", agregó Giachello.
El nuevo seguro de caución aduanero ya fue aprobado por la Superintendencia de Seguros de la Nación, que mediante la Resolución 40.307 del 17 de febrero autorizó a las compañías aseguradoras a aplicar las nuevas condiciones contractuales correspondientes al mismo, para la sustitución de medidas cautelares en sumarios contenciosos.
Giachello comentó que este tipo de seguros ya se utilizó tiempo atrás en los procedimientos aduaneros, aunque luego se dejó de aplicar.
Fuente: Cronista