Las MyPyMES podrán pagar en octubre obligaciones de la seguridad social con el saldo de libre disponibilidad del IVA

Las MyPyMES podrán pagar en octubre obligaciones de la seguridad social con el saldo de libre disponibilidad del IVA

La transacción estará habilitada del 7 al 31 de este mes inclusive. La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial mediante la Resolución General 4603.

La AFIP permitirá a unas 66 mil Micro y Pequeñas Empresas utilizar el saldo de libre disponibilidad de IVA para cancelar hasta un 20% de las Contribuciones de la Seguridad Social del periodo fiscal septiembre de este año, que vencen en este mes.

La medida alcanzará a los contribuyentes que, al momento de utilización del saldo favor de libre disponibilidad, registren la condición de Micro y Pequeñas Empresas inscriptas en el “REGISTRO DE EMPRESAS MiPyMES” de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción y Trabajo.

La solicitud se realizará a través de la transacción “Afectación a Seguridad Social” del Sistema de Cuentas Tributarias, y en tanto  no existan observaciones al saldo y cumplan con todos los requisitos dispuestos en la normativa, esta afectación producirá efectos desde el momento de la presentación y no podrá generar saldo a favor del contribuyente.

Para efectuar la solicitud deberá tener presentada la declaración jurada del SICOSS del período fiscal a afectar y no registrar falta de presentación de declaraciones juradas de IVA por períodos no prescriptos.

Este es el primer paso en el camino hacia una Cuenta Única Tributaria en el marco del proyecto anunciado esta semana por el Gobierno.


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