Correo Electrónico (DI TECN) Nro. 38/2023: VII Enmienda Sistema Armonizado - Aplicación de SIRA / Documentación Complementaria
El Centro Despachantes de Aduana (CDA) comunica a sus asociados que, por medio del CORREO ELECTRÓNICO (DI TECN) NRO. 38/2023, remitido hace instantes por la Dirección de Técnica (SDG TLA - DGA), se notificó a la Institución el temperamento adoptado por la Aduana respecto de aquellas declaraciones SIRA en estado “SALIDA” que contengan una Posiciones Arancelarias de Nomenclatura Común del MERCOSUR (PA NCM) anterior a la implementación de la VII enmienda, como así también, sobre la documentación aportada en carácter de documentación complementaria con mismas características.
A continuación, se transcribe la información recibida:
BUENOS AIRES, 3/11/2023
CORREO ELECTRÓNICO NRO. 38/2023 (DI TECN)
CENTRO DE DESPACHANTES DE ADUANA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Por medio de la presente se lleva a su conocimiento que a partir del día de la fecha (03/11/2023), aquellas SIRA que se encuentren en estado SALI y que contengan una posición arancelaria (PA) NCM no vigente, en virtud de la implementación de la VII Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, podrán ser utilizadas, declarando en la destinación aduanera que la cancela, la P.A. vigente a la fecha que se correlacione con la anterior.
Asimismo, se informa que se validará toda aquella documentación aportada en carácter de documentación complementaria, relativa a intervenciones de terceros organismos, como ser Certificados, Permisos, Licencias y demás autorizaciones de los organismos competentes, que se encontraran vigentes y fueran emitidos con anterioridad a la entrada en vigor de la VII Enmienda, en los cuales se consignen P.A. NCM no vigentes o modificada, correspondiendo dar curso al libramiento de la mercadería, de corresponder.
Sin otro particular, los saludo atentamente.-
Dirección de Técnica (SDG TLA)