Inst. Gral. N° 6/2024: Control de ingreso de divisas de exportaciones
El Centro Despachantes de Aduana (CDA) comunica a sus asociados que, en virtud a la publicación de la Instrucción General N° 6 el martes 21 de mayo del 2024, la Dirección General de Aduanas (DGA) dispuso la derogación de la Instrucción General N° 7/2022, mediante la cual se establecían pautas de trabajo frente a la detección de destinaciones de exportación respecto de las cuales se constataba la falta de ingreso de divisas ante el Banco Central de la República Argentina (BCRA) por parte de los exportadores.
Las disposiciones de la reciente medida comenzaron a regir desde el día de su dictado y los principales puntos a considerar, son los siguientes:
- Ya no resulta competencia de la DGA llevar a cabo el control de ingreso de divisas de operaciones de exportaciones, quedando tal responsabilidad bajo la órbita del BCRA.
- Los actos oportunamente emitidos por las áreas competentes al amparo de la Instrucción General DGA N° 7/2022 disponen de plena validez.
- Las actuaciones que se encuentren en trámite al amparo de la Instrucción General DGA N° 7/22 procederán a ser archivadas por parte de las áreas intervinientes.
- De acuerdo al procedimiento previsto por la Resolución General AFIP N° 2605/2009 (AFIP), la Dirección de Gestión del Riesgo, dependiente de la Subdirección General de Control Aduanero, continuará desarrollando un análisis masivo de información, explotando los datos provistos regularmente por el BCRA, a fin de caracterizar a los operadores que poseen incumplimientos con la mencionada entidad. Dicho proceso genera una marca sistémica que es comunicada diariamente a las áreas de riesgo regional y a las áreas de investigaciones para el ejercicio de las funciones que les son propias. Asimismo, dicha información, es aprovechada como insumo para la detección de exportadores potencialmente inconsistentes y remitida también para la intervención de la Dirección General Impositiva (DGI), en el ámbito de sus competencias.