UIF: Los Despachantes de Aduana dejan de ser Sujetos Obligados, pero ¿cómo continuarán sus obligaciones?
El Centro Despachantes de Aduanas (CDA) informa a sus asociados que, en el Boletín Oficial de HOY (10/10/2024), el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) publicó el Decreto N° 891/2024 por medio del cual dispuso EXCLUIR del listado de Sujetos Obligados ante la Unidad de Información Financiera (UIF) a los Despachantes de Aduana, entre otros sujetos.
De acuerdo a los considerandos de la norma, la medida adoptada fue producto de que las actividades referidas a los Sujetos Obligados excluidos intervienen múltiples Sujetos Obligados a informar a la UIF, con inclusión de los Registros Públicos, de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y de la Comisión Nacional de Valores (CNV), por lo cual existen otros recursos proporcionales encaminados a asegurar que se mitiguen eficazmente los riesgos generados por dichas actividades, conforme a lo requerido en la Recomendación N° 1 del GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL (GAFI).
No obstante, sin perjuicio de la eliminación de dichos Sujetos Obligados a informar a la UIF, subsiste respecto de ellos la facultad otorgada a dicha Unidad para solicitar informes, documentos, antecedentes y todo otro elemento que estime útil para el cumplimiento de sus funciones, los cuales estarán obligados a proporcionarlos dentro del término que se les fije, bajo apercibimiento de ley, conforme a lo normado en el inciso 1 del artículo 14 de la Ley N° 25.246 y sus modificaciones.
Teniendo en cuenta la relevancia del Decreto nuestros asesores letrados se encuentran realizando el análisis pormenorizado de la norma, como así también sus implicancias en nuestra profesión. Asimismo, de ser necesario, se elevarán las consultas necesarias a las autoridades de la UIF a fin de brindar claridad y tranquilidad a todos los asociados de la Institución.
Para finalizar, en cuanto tengamos novedades, la estaremos retransmitiendo por los distintos medios de comunicación institucionales.